Impuesto sobre beneficiosAvanzado

Impuesto sobre beneficios con diferencias temporarias: activo y pasivo diferido

Cuentas del PGC practicadas

Enunciado

Una sociedad obtiene en 20X1 un resultado contable antes de impuestos de 100.000 €. Al calcular el impuesto hay que tener en cuenta dos hechos:

a) Aplica libertad de amortización a una inversión: fiscalmente deduce este año 20.000 € más de lo que ha amortizado en contabilidad; lo compensará en años siguientes. b) Ha dotado una provisión por un litigio de 8.000 €, que no es deducible hasta que se pague.

Tipo de gravamen, 25 %. Retenciones y pagos fraccionados del año: 10.000 €. Se pide: la base imponible, el impuesto corriente, el impuesto diferido y sus asientos.

Resultado antes de impuestos
100.000 €
Exceso fiscal por libertad de amortización
20.000 €
Provisión no deducible
8.000 €
Tipo de gravamen
25 %
Retenciones y pagos a cuenta
10.000 €
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Paso 1. Base imponible

Las dos diferencias son temporarias: revierten en años futuros. La libertad de amortización reduce la base ahora (negativa) y la provisión la aumenta (positiva).

100.000 € − 20.000 € + 8.000 € = 88.000 €Cuota: 88.000 € × 25 % = 22.000 €

Paso 2. Impuesto corriente

La cuota es el gasto por impuesto corriente (6300). Descontando retenciones y pagos a cuenta (10.000 €), quedan 12.000 € a pagar a Hacienda (4752).

Paso 3. Impuesto diferido

Por la libertad de amortización se pagará más impuesto en el futuro: pasivo por impuesto diferido de 20.000 € × 25 % = 5.000 € (479). Por la provisión se pagará menos cuando sea deducible: activo por impuesto diferido de 8.000 € × 25 % = 2.000 € (4740). La 6301 recoge el neto.

Paso 4. Gasto total por impuesto

22.000 € + 5.000 € − 2.000 € = 25.000 €, justo el 25 % del resultado contable: sin diferencias permanentes, el gasto por impuesto acompaña al resultado contable.

Paso 5. Registra los asientos

Asiento 1 · Impuesto corriente31/12/20X1
CuentaDebeHaber
6300Impuesto corriente22.000,00
473Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta10.000,00
4752Hacienda Pública, acreedora por impuesto sobre sociedades12.000,00
Sumas iguales · cuadra22.000,0022.000,00
Asiento 2 · Pasivo por impuesto diferido (libertad de amortización)31/12/20X1
CuentaDebeHaber
6301Impuesto diferido5.000,00
479Pasivos por diferencias temporarias imponibles5.000,00
Sumas iguales · cuadra5.000,005.000,00
Asiento 3 · Activo por impuesto diferido (provisión)31/12/20X1
CuentaDebeHaber
4740Activos por diferencias temporarias deducibles2.000,00
6301Impuesto diferido2.000,00
Sumas iguales · cuadra2.000,002.000,00
Base imponible
88.000€
A pagar a Hacienda
12.000 €
Gasto total por impuesto
25.000 €
Resultado del ejercicio
75.000 €
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Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre una diferencia temporaria y una permanente?
La temporaria revierte: lo que hoy se deduce de más se deducirá de menos más adelante, o al revés. La permanente no revierte nunca, como una multa no deducible, y no genera impuesto diferido.
¿Se registra siempre el activo por impuesto diferido?
Solo si es probable que la empresa tenga ganancias fiscales futuras suficientes para aprovecharlo (norma 13.ª del PGC). El pasivo por impuesto diferido, en cambio, se registra siempre, salvo excepciones concretas como el fondo de comercio.
¿Cómo revierte en los años siguientes?
Cuando la amortización fiscal sea menor que la contable, la base imponible aumentará y se cancelará la 479 con abono a la 6301. Cuando se pague el litigio y sea deducible, se aplicará la 4740 con cargo a la 6301.

Fuentes

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