CerradaServicio Público de Empleo de Cataluña

Resolución EMT/ /2026, de de, por la que se abre la convocatoria de subvenciones para el año 2026 en relación con las actuaciones del programa para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo

Resolució EMT/ /2026, de de , per la qual sobre la convocatòria de subvencions per a l'any 2026 en relació amb les actuacions del programa per al desenvolupament d'espais de recerca de feina en l'àmbit de l'orientació per a l'ocupació

Datos clave

Organismo
Servicio Público de Empleo de Cataluña
Ámbito
Autonómica · Cataluña
Presupuesto total
2.957.330 €
Plazo de solicitud
Del 1 de septiembre de 2026 al 18 de septiembre de 2026
Beneficiarios
Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Actividades Relacionadas Con el Empleo
Finalidad
Fomento del Empleo
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
924001
Registrada el
7 de agosto de 2026

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: ORDEN EMT/187/2021, de 27 de septiembre, de modificación de la Orden TSF/258/2017, de 4 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de Espacios de búsqueda de trabajo en el ámbito. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo de esta convocatoria ya ha terminado (del 1 de septiembre de 2026 al 18 de septiembre de 2026). Si es anual, suele volver a publicarse en fechas similares.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Cataluña. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 2.957.330 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 924001, datos actualizados el 26 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.