CerradaSecretaría General de Consumo y Juego

Orden de 18 de mayo de 2026 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, durante el ejercicio 2026, para el desarrollo de actividades de investigación relacionadas con la prevención de los trastornos del juego, con los efectos derivados de dicho

Datos clave

Organismo
Secretaría General de Consumo y Juego
Ámbito
Estatal · Toda España
Presupuesto total
950.620 €
Plazo de solicitud
Inicio: Día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. Duración o fin: Un mes después del día siguiente a la publicación del extracto en BOE
Beneficiarios
Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Actividades Sanitarias, Educación, Investigación y Desarrollo
Finalidad
Investigación, desarrollo e innovación
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
906158
Registrada el
18 de mayo de 2026

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: Orden CSM/472/2022, de 24 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades de investigación relacionadas con la prevención de los trastorno. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo de esta convocatoria ya ha terminado (inicio: día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el boe. duración o fin: un mes después del día siguiente a la publicación del extracto en boe). Si es anual, suele volver a publicarse en fechas similares.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Toda España. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 950.620 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 906158, datos actualizados el 26 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.