Plazo abiertoConsellería de Empleo, Comercio y Emigración

Resolución de 15.1.26, de la Secretaría General de la Emigración,de bases reguladoras para la concesión, en concurrencia no competitiva, de subvenciones para promover el autoempleo y actividad emprendedora PR937A (Reg UE 2023/2831 de minimis, General

Datos clave

Organismo
Consellería de Empleo, Comercio y Emigración
Ámbito
Autonómica · Galicia
Presupuesto total
900.000 €
Plazo de solicitud
Del 3 de febrero de 2026 al 30 de septiembre de 2026
Beneficiarios
Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Actividades Administrativas y Servicios Auxiliares, Actividades Artísticas, Deportivas y de Entretenimiento, Actividades de Edición, Radiodifusión y Producción y Distribución de Contenidos, Actividades Inmobiliarias, Actividades Profesionales, Científicas y Técnicas, Actividades Sanitarias y de Servicios Sociales, Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca, Comercio Al por Mayor y Al por Menor, Construcción, Educación, Hostelería, Industria Manufacturera, Otros Servicios, Telecomunicaciones, Programación Informática, Consultoría, Infraestructura Informática y Otros Servicios de Información, Transporte y Almacenamiento
Finalidad
Fomento del Empleo
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
884395
Registrada el
30 de enero de 2026

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: Resolución de 15 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedor. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Del 3 de febrero de 2026 al 30 de septiembre de 2026. Comprueba la fecha exacta en las bases, porque a veces el plazo empieza a contar desde la publicación del extracto en el boletín oficial.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Galicia. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 900.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 884395, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.