CerradaPuertos del Estado

Resolución de 11 de diciembre de 2025 del Presidente de Puertos del Estado por la que se convocan ayudas públicas correspondientes al año 2025, para la innovación en el sector portuario (“Puertos 4.0”), en las modalidades de ideas y proyectos comerciales

Datos clave

Organismo
Puertos del Estado
Ámbito
Estatal · España
Presupuesto total
6.750.000 €
Plazo de solicitud
Inicio: El día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. Duración o fin: Tres meses, a contar desde la fecha de inicio
Beneficiarios
Gran empresa; Personas físicas que no desarrollan actividad económica; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Suministro de Energia Electrica, Gas, Vapor y Aire Acondicionado, Telecomunicaciones, Programación Informática, Consultoría, Infraestructura Informática y Otros Servicios de Información, Transporte y Almacenamiento
Finalidad
Investigación, desarrollo e innovación
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
878152
Registrada el
29 de diciembre de 2025

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: Orden TMA/702/2020, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por Puertos del Estado de ayudas públicas en el marco del Plan de Impulso al Emprendimiento para la Innovación en el Sector Portuario ("Puertos 4.0"). Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo (acceder a la sede) dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo de esta convocatoria ya ha terminado (inicio: el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el boe. duración o fin: tres meses, a contar desde la fecha de inicio). Si es anual, suele volver a publicarse en fechas similares.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: gran empresa; personas físicas que no desarrollan actividad económica; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en España. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 6.750.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

Que no se te pase el próximo plazo

Cada lunes: convocatorias abiertas para autónomos y pymes y plazos que cierran pronto. Sin relleno.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 878152, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.