CerradaPuertos del Estado
Resolución de 11 de diciembre de 2025 del Presidente de Puertos del Estado por la que se convocan ayudas públicas correspondientes al año 2025, para la innovación en el sector portuario (“Puertos 4.0”), en las modalidades de ideas y proyectos comerciales
Datos clave
- Organismo
- Puertos del Estado
- Ámbito
- Estatal · España
- Presupuesto total
- 6.750.000 €
- Plazo de solicitud
- Inicio: El día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. Duración o fin: Tres meses, a contar desde la fecha de inicio
- Beneficiarios
- Gran empresa; Personas físicas que no desarrollan actividad económica; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
- Sectores
- Suministro de Energia Electrica, Gas, Vapor y Aire Acondicionado, Telecomunicaciones, Programación Informática, Consultoría, Infraestructura Informática y Otros Servicios de Información, Transporte y Almacenamiento
- Finalidad
- Investigación, desarrollo e innovación
- Tipo de ayuda
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva - canónica
- Fondos europeos (MRR)
- No
- Código BDNS
- 878152
- Registrada el
- 29 de diciembre de 2025
Cómo solicitarla
- Lee las bases reguladoras: Orden TMA/702/2020, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por Puertos del Estado de ayudas públicas en el marco del Plan de Impulso al Emprendimiento para la Innovación en el Sector Portuario ("Puertos 4.0"). Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
- Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
- Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo (acceder a la sede) dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo de esta convocatoria ya ha terminado (inicio: el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el boe. duración o fin: tres meses, a contar desde la fecha de inicio). Si es anual, suele volver a publicarse en fechas similares.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: gran empresa; personas físicas que no desarrollan actividad económica; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en España. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 6.750.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.
Que no se te pase el próximo plazo
Cada lunes: convocatorias abiertas para autónomos y pymes y plazos que cierran pronto. Sin relleno.
Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 878152, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.