CerradaDirección General de Agenda Urbana y Arquitectura

Resolución de 12 de diciembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se convocan las ayudas para la difusión, el fomento y la investigación de la arquitectura correspondientes al año 2025.

Datos clave

Organismo
Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura
Ámbito
Estatal · Toda España
Presupuesto total
2.500.000 €
Plazo de solicitud
Del 22 de diciembre de 2025 al 18 de febrero de 2026
Beneficiarios
Personas físicas que no desarrollan actividad económica; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Actividades de Bibliotecas, Archivos, Museos y Otras Actividades Culturales, Actividades de Construcción Especializada, Actividades de Creación Artística y Artes Escénicas, Actividades Deportivas, Recreativas y de Entretenimiento, Actividades Inmobiliarias, Administración Pública y Defensa; Seguridad Social Obligatoria, Artes Gráficas y Reproducción de Soportes Grabados, Construcción de Edificios, Educación, Ingeniería Civil, Investigación y Desarrollo, Otras Actividades Profesionales, Científicas y Técnicas, Servicios a Edificios y Actividades de Jardinería, Servicios de Investigación y Seguridad, Servicios Técnicos de Arquitectura e Ingeniería; Ensayos y Análisis Técnicos
Finalidad
Cultura
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
875158
Registrada el
15 de diciembre de 2025

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: Orden por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas que tengan por objeto actividades sobre la difusión, el fomento y la investigación de la arquitectura.. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo de esta convocatoria ya ha terminado (del 22 de diciembre de 2025 al 18 de febrero de 2026). Si es anual, suele volver a publicarse en fechas similares.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: personas físicas que no desarrollan actividad económica; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Toda España. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 2.500.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

Otras ayudas recientes

Que no se te pase el próximo plazo

Cada lunes: convocatorias abiertas para autónomos y pymes y plazos que cierran pronto. Sin relleno.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 875158, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.