CerradaAgencia Española de Protección de Datos

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a la difusión del derecho fundamental a la protección de datos personales en redes sociales, para el año 2025.

Datos clave

Organismo
Agencia Española de Protección de Datos
Ámbito
Otros organismos · Toda España
Presupuesto total
4.500 €
Plazo de solicitud
Hasta el 31 de enero de 2026
Beneficiarios
Gran empresa; Personas físicas que no desarrollan actividad económica; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Actividades Administrativas y Servicios Auxiliares, Actividades Artísticas, Deportivas y de Entretenimiento, Actividades de Edición, Radiodifusión y Producción y Distribución de Contenidos, Actividades Profesionales, Científicas y Técnicas, Administración Pública y Defensa; Seguridad Social Obligatoria, Industria Manufacturera, Otros Servicios, Telecomunicaciones, Programación Informática, Consultoría, Infraestructura Informática y Otros Servicios de Información, Transporte y Almacenamiento
Finalidad
Cultura
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
869687
Registrada el
19 de noviembre de 2025

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo (acceder a la sede) dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo de esta convocatoria ya ha terminado (hasta el 31 de enero de 2026). Si es anual, suele volver a publicarse en fechas similares.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: gran empresa; personas físicas que no desarrollan actividad económica; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Toda España. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 4.500 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 869687, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.