CerradaDirección General de Agricultura y Ganadería

Ayudas extraordinarias 2025 a sectores sectores agrícola y ganadero afectados por incendios forestales, según Capítulos II y III del Decreto Ley 5/2025 de 18 de septiembre

Datos clave

Organismo
Dirección General de Agricultura y Ganadería
Ámbito
Autonómica · Extremadura
Presupuesto total
2.000.000 €
Plazo de solicitud
Inicio: "No procede". Duración o fin: "No procede"
Beneficiarios
Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Agricultura, Ganadería, Caza y Servicios Relacionados Con las Mismas
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concesión directa - instrumental
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
868388
Registrada el
13 de noviembre de 2025

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: Decreto-ley 5/2025, de 18 de septiembre, de ayudas extraordinarias y otras medidas urgentes para la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el verano de 2025 y en materia preventiva de incendios fo. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo de esta convocatoria ya ha terminado (inicio: "no procede". duración o fin: "no procede"). Si es anual, suele volver a publicarse en fechas similares.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Extremadura. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 2.000.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

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Cada lunes: convocatorias abiertas para autónomos y pymes y plazos que cierran pronto. Sin relleno.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 868388, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.